2. Los Estados miembros adoptarán las medidas administrativas y judiciales adecuadas para impedir o poner fin a la utilización ilegal de los nombres de los productos o servicios producidos o comercializados en su circunscripción que estén amparados por indicaciones geográficas registradas al amparo del presente Reglamento. Tras conocerse detalles de https://baidubookmark.com/story15484115/la-gu%C3%ADa-m%C3%A1s-grande-para-decreto-de-prohibicion-de-venta-de-bebidas-alcoholicas